Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0042/2016
Fecha: 18-Abr-2016
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Los artículos del proyecto de la Carta Orgánica de Yapacaní, que fueron declarados incompatibles en la DCP 0209/2015, son los siguientes: 8; 15; 18.2 en su frase “al día de la elección”; 21.II y III; 22.4 y 5; 23.VI; 25.I y II; 28 en su párrafo inicial y numeral 1 en su frase “y resoluciones”; 29.10 en su frase “y de patrimonio institucional” y 32; 39 en su parágrafo inicial y numeral 2 en su frase “concurrentes y”; 40.29 en su frase “y patrimonio institucional”; 46.II; 58.12; 65.III; 74.I.4; 95. 1. b. c y e; 117; 119; 121.I y la Disposición final segunda”.
- I.1. Contenido de la consulta
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- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- Artículo 15. (MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS).
- Control previo de constitucionalidad
- Sobre el parágrafo II
- Sobre el parágrafo III
- Fragmento 10
- Artículo 29. (ATRIBUCIONES).
- Sobre el párrafo introductorio
- Sobre el numeral 2
- Artículo 117. (ACTORES).
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