Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0405/2016-S1
Fecha: 13-Abr-2016
II.3.
II.3. El 19 de junio de 2015, la Sala Disciplinaria del Consejo de la Magistratura, por Resolución 216/2015, confirmó totalmente el Auto de 27 de mayo de 2015 y Resolución Disciplinaria 20/2015; asimismo resolvió confirmar totalmente el Auto definitivo 14/2015. Resolución que fue objeto de solicitud de complementación y enmienda, la cual fue declarada como no ha lugar (fs. 29 a 35 vta.; y, fs. 38 a 44).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 8
- III.1.Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- Fragmento 10
- III.2.De la acción de amparo constitucional
- III.3. El derecho de fundamentación y motivación elementos que le son inherentes al debido proceso
- III.4.Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR