SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0413/2016-s1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0413/2016-s1

Fecha: 13-Abr-2016

1)

María Elena Vega Alanes, Jueza Décima Tercera de Instrucción en lo Civil, Familia y Violencia Contra la Mujer “EPI-SUR” del departamento de Cochabamba, por informe escrito cursante a fs. 14 y vta. manifestó que: 1) En audiencia de cesación de la detención preventiva realizada el 20 de noviembre de 2015, “cuya solicitud ha sido denegada” (sic); y, el ahora accionante formuló apelación contra tal decisión; por lo que, dispuso la remisión de piezas necesarias ante el tribunal de alzada una vez que el referido hubiese provisto los recaudos de ley necesarios;  2) “La parte apelante NO se apersono POR ACTUARIA para proveer los recaudos, (…) este tribunal NO cuenta con una fotocopiadora (…) por la ubicación de este juzgado ni siquiera existe fotocopiadoras (…) el expediente se encuentra a disposición de que la parte apelante pueda proveer los recaudos de ley y de esta forma sea remitida ante el Tribunal de Alzada” (sic); y 3) “no es la vía llamada para poder obtener la libertad” (sic), porque no tutela este tipo de hechos provocados por las mismas partes del proceso; y, el aludido ésta detenido por resolución debidamente fundamentada y no se vulnero ningún derecho y garantías constitucionales; por lo que, solicitó se deniegue la tutela.