SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0416/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0416/2016-S1

Fecha: 13-Abr-2016

a)

Gomer Padilla Jaro, Fiscal Departamental de Santa Cruz presentó informe escrito cursante de fs. 53 a 54 vta., refiriendo que: a) La acción de defensa planteada no indicó donde se encuentra la presumible violación a su derecho, conforme a ley; b) Existe un reclamo del accionante de 15 de diciembre de 2015, pidiendo se conmine a la comisión de fiscales para que se pronuncien a su solicitud de 14 de idéntico mes y año, sobre la realización de su declaración informativa en la clínica donde se encontraba internado; por lo que, el 16 de igual mes y año, requirió la conminatoria solicitada, que fue notificada en la misma fecha a horas 15:00, y a las 16:30, dicha delegación informó señalando que el accionante faltaba a la verdad al ya haberse pronunciado y notificado al interesado; y, c) La Constitución Política del Estado y el Código Procesal Constitucional establecen cuando procede la acción de libertad, en el presente caso no se acreditó ninguna lesión a los derechos del accionante.