SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0434/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0434/2016-S1

Fecha: 21-Abr-2016

III.3. Análisis del caso concreto

La accionante señaló la vulneración de sus derechos a la libertad y al debido proceso en su vertiente del “principio de legalidad”; toda vez que dentro del proceso penal seguido en su contra, por la comisión del delito de asesinato; fue sentenciada (por complicidad), a quince años de presidio; sin embargo, anulado el fallo como efecto del recurso de apelación que interpuso, fue condenada a treinta años de privación de libertad; empero, tras recurrir las resoluciones y solicitando se considere y aplique el Código Niña, Niño y Adolescente; la pena, se modificó (a través del Auto 105/015), imponiéndole seis años de prisión, equivalentes a la quinta parte de treinta años (pena privativa de libertad correspondiente a la comisión del delito de asesinato en grado de autoría); empero, la cuantía determinada -a su criterio- no correspondía a su caso, pues en aplicación del principio de “no reforma en perjuicio”, el cálculo debió realizarse sobre la quinta parte de los quince años que le fueron impuestos inicialmente; por lo que, interpuso un segundo recurso de casación, que fue declarado infundado, manteniéndose así la ilegalidad y la consiguiente violación a sus derechos.

Así, con base en el Fundamento Jurídico III.1 desglosado y expuesto en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, se tiene que conforme a lo expuesto, el valor supremo de justicia compele a los administradores de justicia, a procurar la realización de la “justicia material” como objetivo axiológico y final, siempre desde un enfoque que respete la interculturalidad, razón por la cual debe entenderse la protección constitucional al derecho de libertad en un sentido extensivo que abarque su definición desde un punto de vista que comprenda también su significado desde la cosmovisión plurinacional que compone el Estado.