SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0440/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0440/2016-S1

Fecha: 25-Abr-2016

1)

Miguel Jhonny Nogales Viruez, en representación de la empresa TRAMAALE SRL, en su condición de tercero interesado en audiencia señaló que: 1) Una vez conciliado la deuda de $us124 000.- en junio de 2014, de manera libre y de su espontanea voluntad, ofreció al acreedor cancelar la suma de $us14 000.- (catorce mil dólares estadunidenses) y este aceptó dicha propuesta porque aparte de todo ese año que no pagó, le dio un término hasta septiembre del 2014 para realizar el pago en cómodas cuotas; sin embargo, ese acuerdo nunca se cumplió, a pesar de que PETROSUR SRL recibió montos frescos de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB), por un contrato de nueve millones de dólares, es decir, si hubiera cubierto su deuda no se iba aplicar ningún interés; por ese incumplimiento se presentó la demanda y ahora estamos en una acción donde se pretende dilatar el cumplimiento de dicho compromiso mediante esta acción de amparo constitucional; 2) No existe interés de eliminar del mercado a la empresa PETROSUR SRL, porque no son sus competidores, tiene problemas con otras personas y empresas, inclusive sobre el pago al Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), Administradora de Fondo de Pensione (AFPs), entre otros; y,   3) En el contrato suscrito entre partes, en la cláusula tercera, el deudor reconoce que adeuda al acreedor $us138 000.- y eso es confesión de parte, arts. 519 y 520 del CC.