SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0445/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0445/2016-S1

Fecha: 25-Abr-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dajmara Solagne y Daphne Paola ambas Spang Cabrera –ahora terceras interesadas– interpusieron en su contra un proceso penal por la presunta comisión de los delitos de difamación, calumnia y propalación de ofensas, ante el Juzgado Primero de Sentencia Penal del departamento de La Paz; en cuya sustanciación, se señaló audiencia de conciliación para el 30 de julio de 2015, a horas 8:30, a la que las querellantes no asistieron; motivo por el cual el Juez demandado, concedió un plazo de setenta y dos horas para justificar dicha incomparecencia, notificándose a las mismas en esa data a horas 9:05; sin embargo, fuera de plazo presentaron supuesto justificativo consiste en certificado médico que refiere un embarazo de 27,4 semanas y cuadro de infección urinaria de –Dajmara Solagne Spang Cabrera– que no establece un impedimento propiamente y menos un riesgo para el embarazo; asimismo, la otra querellante se limitó a manifestar que no concurrió debido a que colaboró a la referida a llegar a la audiencia; justificativo que la autoridad demandada, por providencia de 5 de agosto de igual año, dio por aceptado.

Contra la providencia ut supra, interpuso recurso de reposición solicitando se disponga el abandono de la querella y la consiguiente extinción de la acción penal, en aplicación del art. 281 del Código de Procedimiento Penal (CPP); empero, el Juez demandado, mediante Auto Interlocutorio de 12 de agosto del citado año, rechazó el mismo, sin fundamento ni motivación alguna; porque, no efectuó una debida valoración de la prueba aportada a efectos de establecer justa causa para la inasistencia de las querellantes.