SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0445/2016-S3
Fecha: 13-Abr-2016
concedió
El Tribunal Cuarto de Sentencia Penal del departamento de Santa Cruz, constituido en Tribunal de garantías, mediante Resolución 17/2015 de 23 de diciembre, cursante de fs. 16 vta. a 17 vta., concedió la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: a) “…la Sala Penal Segunda al no haber remitido el proceso penal al Tribunal de Origen, está incurriendo en la vulneración del Debido Proceso, Libertad Física y derecho de Locomoción” (sic); b) La audiencia de apelación incidental se celebró el 16 de diciembre de 2015 y la audiencia de acción de libertad se realizó el 23 del citado mes y año, implicando que son siete días sin que la parte accionante tenga conocimiento del acta; y, c) Ante la ausencia de pruebas y material de análisis, se inclina por lo manifestado por el accionante y por la aplicación del principio indubio pro reo.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas
- el cual se constituye en el mecanismo procesal idóneo para operar en caso de existir vulneración a la celeridad cuando esté relacionada a la libertad y devenga de dilaciones indebidas, que retardan o evitan resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- tiene el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible,
- dando lugar a que la restricción de la libertad se prolongue o mantenga más de lo debido…
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR