Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0452/2016-S1
Fecha: 25-Abr-2016
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Habiendo justificado su inasistencia a una audiencia, la autoridad demandada asumió la medida extrema de expedir mandamiento de aprehensión de forma directa, sin observar la resolución emitida que expresa taxativamente su declaratoria de rebeldía, pese haber purgado la misma, incurriendo en el delito de prevaricato toda vez que fue sometido a una tortura psicológica al extremo de atentar contra su vida, habiendo sido objeto de una persecución encarnizada por la parte querellante con la pretensión de privarle de su libertad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. De la declaratoria de rebeldía y su revocatoria
- esto con la finalidad de lograr que el declarado rebelde acuda a la citación o llamamiento judicial y la investigación o el proceso penal continúen
- Cuando el rebelde comparezca o sea puesto a disposición de la autoridad que lo requiera, el proceso continuará su trámite dejándose sin efecto las órdenes dispuestas a efectos de su comparecencia y manteniendo las medidas cautelares de carácter real.
- Consecuentemente, la rebeldía finaliza con la comparecencia del imputado, ante la autoridad que emitió el llamamiento o que lo convocó y ante la cual está siendo procesado, sea voluntariamente o en mérito al cumplimiento de una orden de aprehensión, momento en el que se dejarán sin efecto las medidas dispuestas para garantizar su presencia en el proceso
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR