SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0484/2016-S3
Fecha: 20-Abr-2016
II.1.
II.1. Cursa informe presentado el 18 de diciembre de 2015; mediante el cual, Félix Bautista Canaviri, funcionario policial de la FELCC del departamento de Oruro -ahora demandado- asignado como Investigador al caso 1500650, comunicó al Director Departamental de dicha institución, que dentro del proceso penal seguido a intervención preventiva policial de acción directa contra los autores, cómplices y encubridores por el presunto delito de homicidio suicidio de Richard Tito López, se había identificado plenamente a Roxana Salomé Torrez Cuizara -hoy accionante-, quien se encontraba junto a la víctima, y de acuerdo a requerimiento fiscal, procedió a emitir la citación a la misma en calidad de testigo para la toma de entrevista policial, sin que esta se hubiese podido concretar ante su ausencia, habiéndose incluso comunicado vía celular, quien le manifestó que no se haría presente debido al encargo de su abogado. En virtud a dicho Informe, el 21 de diciembre de 2015, Alfredo Santos Canaviri, Fiscal de Materia, requirió se expida orden de aprehensión contra la ahora accionante; la cual, debía ser ejecutada por el Investigador asignado al caso, con la finalidad exclusiva de tomar la entrevista correspondiente en cuanto a los hechos que se investigaban (fs. 10 y vta.)
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- de toda persona que crea estar indebida o ilegalmente perseguida, detenida, procesada, presa o que considere que su vida o integridad física está en peligro
- en los supuestos en que la norma procesal ordinaria de manera específica prevea medios de defensa eficaces y oportunos para resguardar el derecho a la libertad supuestamente lesionado, estos deben ser utilizados, previamente
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR