AUTO CONSTITUCIONAL 0142/2016-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0142/2016-RCA

Fecha: 23-May-2016

a)

El Juez Público Civil y Comercial Decimoprimero del departamento de Chuquisaca, constituido en Juez de garantías, por decreto de 20 de abril de 2016 (fs. 222), determinó que la parte accionante presente: a) Fotocopias legalizadas de la prueba aportada en fotostática simple, concretamente de las que cursan a fs. 1 a 41; 55 a 58; 75 a 77 y 94; 105 a 116; 121 a 122; y, 133 a  137; b) Original o copias legalizadas del edicto agrario “cursante a fs. 6”; c) Certificación emitida por el Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, donde se señale que el periódico “LA ESTRELLA” no se encuentra autorizado para la publicación de edictos y demás actos procesales que se tramitan en dicha jurisdicción y que no tiene circulación a nivel nacional. Otorgó al efecto el plazo de tres días en aplicación del art. 30.I.1 del Código Procesal Constitucional (CPCo).