AUTO CONSTITUCIONAL 0142/2016-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0142/2016-RCA

Fecha: 23-May-2016

I.

El accionante considera errado el razonamiento del Juez de garantías; toda vez que, el art. 33.7 del CPCo, en cuanto a las pruebas determina que pueden presentarse las que Rodolfo Brunner Díaz, tenga en su poder o señalamiento del lugar donde se encuentren, aspecto que considera cumplió, pues demostró la literal que estaba en su poder y además señaló de manera concreta el lugar donde figuran las pruebas exigidas. Asimismo, invocó la jurisprudencia aplicable al caso, contenida en el AC 0270/2013-RCA de 28 de noviembre y la Sentencia Constitucional Plurinacional “0245/2012”, pidiendo finalmente que el expediente sea remitido a este Tribunal para la compulsa respectiva.