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    NTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0423/2016-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    NTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0423/2016-S2

    Fecha: 03-May-2016

    I.1.3. Petitorio

    Solicita se conceda la tutela impetrada, disponiendo que el demandado de respuesta a la petición efectuada en el plazo de veinticuatro horas y por consiguiente se lo notifique formalmente con la Resolución de Adjudicación y/o declaratoria desierta, así como con el Informe evacuado por la comisión evaluadora al cargo de Director del SEDERI-TARIJA.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.3. Petitorio
    • a)
    • concedió
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • Toda persona tiene derecho a la petición de manera individual o colectiva, sea oral o escrita, y a la obtención de respuesta formal y pronta. Para el ejercicio de este derecho no se exigirá más requisito que la identificación del peticionario
    • Fragmento 10
    • III.2.
    • CONFIRMAR en todo

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