Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
NTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0423/2016-S2
Fecha: 03-May-2016
II.3.
II.3. El 13 de enero de 2016, el ahora accionante presentó nota dirigida al Presidente del Directorio del SEDERI-TARIJA, solicitando la notificación oficial e inmediata de los resultados emitidos por la Comisión evaluadora del proceso de contratación del Director Ejecutivo del SEDERI-TARIJA (fs. 3); dicha solicitud fue reiterada mediante notas de 15 y 18 de enero de 2016 (fs. 2 y 3); sin embargo, no recibió respuesta a ninguna de las notas.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- concedió
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Toda persona tiene derecho a la petición de manera individual o colectiva, sea oral o escrita, y a la obtención de respuesta formal y pronta. Para el ejercicio de este derecho no se exigirá más requisito que la identificación del peticionario
- Fragmento 10
- III.2.
- CONFIRMAR en todo