SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0412/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0412/2016-S2

Fecha: 03-May-2016

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

El abogado de la parte accionante, ratificó íntegramente los argumentos contenidos en la demanda tutelar; precisando que, si bien Mario Eduardo Pozo Saavedra y María Albina Pozo y Delfín Pozo Jiménez, son copropietarios desde 1971, el derecho debe ser ejercido de manera ordenada y respetando la propiedad de los demás y que el demandado no tiene orden de la Alcaldía para la tala de molles.

En uso de su derecho a la réplica, indica que la construcción del muro genera escombros y deterioro de la acequia, además el uso de la energía eléctrica y en el documento notarial consta que el uso del agua era en partes iguales para todos, sin embargo la bomba está al ras del muro que nunca existió y se gozaba del uso irrestricto  de esa toma de agua.