SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0425/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0425/2016-S2

Fecha: 05-May-2016

concedió

Mediante Resolución 02/2016 de 19 de enero, cursante de fs. 128 a 129, la Jueza Segunda de Partido de Sentencia Penal del Alto del departamento de La Paz, constituido en Jueza de garantías, concedió la tutela solicitada y dispuso que la Empresa Pública Nacional Estratégica de Depósitos Aduaneros Bolivianos, de cumplimiento a la Conminatoria de reincorporación JRTEA-BECS-CR97/2015, emitida por la Jefatura de Trabajo, quedando las partes notificadas en la audiencia de acción de amparo constitucional. Fallo que fue emitido con los siguientes fundamentos: i) Si bien el Tribunal Constitucional Plurinacional no se constituye en una instancia más dentro de los procesos ordinarios o administrativos, para revisar las actuaciones de las autoridades demandadas, excepcionalmente está facultado para disponer la ejecución inmediata de las conminatorias de reincorporación emitidas por las jefaturas departamentales de trabajo, siendo la finalidad de ello, hacer efectiva la protección inmediata a los derechos laborales, conforme se mencionó en el fundamento jurídico anterior, concordante con la Resolución Ministerial (RM) 868/2010 de 26 de octubre, la misma que aclara que al margen de la reincorporación del trabajador al mismo puesto que ocupaba al momento del despido, se le deberá cancelar el pago de salarios y demás derechos sociales que correspondan a la fecha de reincorporación; y, ii) Con relación al punto anterior debe tenerse en cuenta que el pago de salarios devengados y demás beneficios sociales, la justicia constitucional, no se encuentra habilitada a determinar la cuantía de los pagos que le corresponden a quienes acuden a la jurisdicción constitucional, en virtud a que esta tarea es propia del personal administrativo de cada entidad.