SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0426/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0426/2016-S2

Fecha: 05-May-2016

denegó

La Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución de 12 de febrero de 2016, cursante de fs. 43 a 46, por la que denegó la tutela; resolución, pronunciada con el siguiente fundamento: a) El Tribunal de alzada al pronunciar el Auto de Vista de 8 de octubre de 2015, consideró la jurisprudencia aplicada por el Tribunal Constitucional Plurinacional, que regula el ejercicio del derecho de impugnación previsto en el art. 180.II de la CPE, toda vez que el Auto impugnado de 28 de mayo de 2015, no resolvió ningún incidente ni excepción, sino únicamente “una petición de remisión de proceso al Tribunal más próximo”, invocando al efecto el art. 403 del CPP; b) No se verificó vulneración alguna al derecho de legalidad, seguridad jurídica y debido proceso en su vertiente debida motivación que alegó el peticionante de tutela, por ello la decisión asumida en el Auto de Vista de 8 de octubre de 2015, se encuentra debidamente fundamentada; y, c) En relación a la presunta improvisación de la normativa relativa a la política criminal y que eventualmente generaría vulneración a derechos y garantías constitucionales como en el caso presente, no resulta idónea la vía de la acción de amparo constitucional, existiendo otras acciones constitucionales mediante las cuales podría viabilizar su reclamo.