SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0426/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0426/2016-S2

Fecha: 05-May-2016

Fragmento 13

           A fin de resolver la problemática planteada, y tomando en cuenta que lo que denuncia esencialmente el demandante de tutela es la vulneración de la garantía del debido proceso, derivada del pronunciamiento del Auto de 28 de mayo de 2015 pronunciado por los Jueces Técnicos demandados; indicando que no está debidamente fundamentada, motivada, a más que no se habría efectuado una debida valoración de la prueba; compele referirse a lo establecido en la SCP 0340/2016-S2 de 8 de abril, misma que posteriormente a efectuar un análisis pormenorizado de la delimitación de la función jurisdiccional ejercida por el órgano de constitucionalidad, así como de la doctrina de las auto restricciones de la jurisdicción constitucional o de no interferencia en la función propia de los órganos jurisdiccionales ordinarios, referente a la interpretación de la legalidad ordinaria y a la valoración de la prueba, en relación a la debida fundamentación, motivación y congruencia de los fallos judiciales y administrativos; estableció la necesidad de complementar la doctrina de las auto restricciones mencionada, realizando al respecto, una debida integración jurisprudencial.