SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0448/2016-S2
Fecha: 09-May-2016
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Fue demandado por Elena Sullcani Mamani y otros, por la supuesta comisión de los delitos de asesinato, tentativa de asesinato, lesiones graves y leves y asociación delictuosa. En ese sentido, a fin de que preste su declaración informativa fue notificado para que se presente ante la autoridad ahora demandada y declare “hoy 21 de diciembre de 2015 a horas 08:00.” (sic), motivo por el cual acudió de manera voluntaria junto con su abogado patrocinante; sin embargo, de forma arbitraria el Fiscal de Materia expidió mandamiento de aprehensión en su contra, esto supuestamente en aplicación del art. 226 del Código de Procedimiento Penal (CPP), señalando lo siguiente: “La presente orden se expide en virtud de la Resolución de Aprehensión RNTT 035/2015, de 12 de octubre” (sic), olvidando por completo que la mencionada Resolución fue dejada sin efecto, toda vez que se dispuso nuevo día y hora de declaración informativa; no obstante de ello, a horas 08:30 de ese día luego de cumplir con el indicado actuado y habiéndose atenido al derecho al silencio, se procedió de forma ilegal a su detención.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. El principio de subsidiariedad en la acción de libertad
- en
- en la etapa preparatoria del proceso penal es el juez cautelar quien debe conocer las supuestas lesiones a derechos y garantías
- Fragmento 10
- 2. Cuando el fiscal da aviso del inicio de la investigación al Juez cautelar y ante la denuncia de una supuesta ilegal aprehensión, arresto u otra forma de restricción de la libertad personal o física por parte de un Fiscal o de la Policía, el accionante, previo a acudir a la jurisdicción constitucional debe en principio, denunciar todos los actos restrictivos de su libertad personal o física ante la autoridad que ejerce el control jurisdiccional.
- III.2.El Juez cautelar encargado de ejercer el control jurisdiccional de la investigación
- III.3. A
- subsidiariedad
- CONFIRMAR en todo