Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0475/2016-S2
Fecha: 09-May-2016
II.4.
II.4. Mediante Auto de 7 de abril de 2015, al haber transcurrido más de diez días dispuestos en Sentencia, sin que los ahora accionantes dieran cumplimiento a la parte resolutiva de la misma, la Jueza Sexta de Partido en lo Civil y Comercial, conminó a la restitución del bien a la actora y sus hijos, a tercero día de su legal notificación, bajo conminatoria de desapoderamiento (fs. 19 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Interpretación de la legalidad ordinaria y valoración de la prueba
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo