Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0501/2016-S3
Fecha: 03-May-2016
1)
La parte accionante ratificó in extenso el contenido de su memorial de acción de amparo constitucional y ampliándolo señaló que: 1) Irene Gorostiaga Bustillos -ahora codemandada-, no es Jefa de RR.HH. del Gobierno Autónomo Municipal de Camiri del departamento de Santa Cruz, sino Agente de RR.HH. de la misma entidad municipal; y, 2) Lesionaron sus derechos ante el despido injustificado de su fuente laboral, sin considerar su calidad de madre progenitora de un menor de nueve meses de edad.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- reponiendo sueldos desde el momento de la suspensión del trabajo, manteniendo su antigüedad y demás derechos que correspondan por ley
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Protección constitucional a las
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en parte