SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0501/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0501/2016-S3

Fecha: 03-May-2016

reponiendo sueldos desde el momento de la suspensión del trabajo, manteniendo su antigüedad y demás derechos que correspondan por ley

La Jefatura Regional de Trabajo, Empleo y Previsión Social de Camiri del departamento de Santa Cruz, emitió la Conminatoria  JCZ-JRTC-SC 02/2015 de 31 de agosto, a través de la cual se conminó al alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Camiri del mismo departamento para que en el plazo de tres días hábiles de su legal notificación sea reincorporada a su fuente laboral, “…a la inamovilidad laboral por fuero sindical, reponiendo sueldos desde el momento de la suspensión del trabajo, manteniendo su antigüedad y demás derechos que correspondan por ley…” (sic); empero, hasta la fecha de presentación de esta acción tutelar se tiene que la autoridad demandada incumplió la orden de reincorporación.