SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0508/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0508/2016-S1

Fecha: 09-May-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Desde la gestión 2014, se desempeñó laboralmente como Secretaria del área de Asesoría Estratégica de Despacho en la Gobernación de Potosí, el 3 de julio de 2015, fue sorprendida con el memorándum de agradecimiento de servicios firmado por José Luis Barrios Llanos –codemandado–, el cual fue emitido sin causa alguna y sin considerar su estado de gestación; por los hechos expuestos, afirmó que fue despedida injustificadamente, situación que le dejó sin sustento ni beneficio de salud para su familia y su hijo en vientre. Ante esa situación que le produjo preocupación y desesperación, acudió a la Jefatura Departamental de Trabajo, con el fin de denunciar su despido, es así, que el 27 de agosto de referido año, se llevó a cabo la audiencia donde solicitó su reincorporación laboral, posteriormente, adjuntó documentos de reconocimiento de hijo ad-vientre y ecografía, por la que se evidenció que tenía diez semanas de embarazo ambos con fecha previa a la entrega del memorándum de despido. El 4 de diciembre del precitado año, la Jefatura indicada, mediante conminatoria de reincorporación MTEPS/JDTP/RL/001/15, ordenó la inmediata reincorporación a su fuente laboral al mismo puesto que ocupaba, más el pago de los salarios devengados y demás derechos sociales actualizados a la fecha de pago. El 16 del mes y año mencionados, presentó la citada conminatoria a los demandados, pese a que tenían pleno conocimiento porque fueron debidamente notificados; sin embargo, hasta la fecha de la presentación de esta acción tutelar, no acataron lo dispuesto por la aludida, ante su insistencia para el cumplimiento de su reincorporación sufrió atropellos verbales perpetrados por Jhannet Cynthia Sandoval Muruchi, quién le manifestó que no la reincorporarían, luego de ello, el 14 de diciembre de igual año, recibió respuesta escrita en la cual señalaron que pese a la existencia de la conminatoria de reincorporación emitida a su favor, no sería restituida a su fuente laboral, además de acusarla de ejercer indebidamente su profesión con el fin de atemorizarla y amedrentar, afirmó que los atropellos a sus derechos le están trayendo consecuencias a su salud y la de su hijo en gestación.