Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0518/2016-S2
Fecha: 23-May-2016
II.4.
II.4. A través de la Resolución 029/2016 de 25 de enero, la autoridad -hoy demandada-, rechazó el recurso de reposición por el que el accionante, pidió corrección y admisión del incidente de extramuros en función al trabajo; por ser manifiestamente improcedente, al no haber cumplido la mitad de la condena impuesta; esclareciendo además que fue beneficiado con indulto parcial y no así con la redención de su condena, como pretendió inducir (fs. 32 y vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegar
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica, alcances y ámbito de protección de la acción de libertad: Presupuestos de activación
- Fragmento 11
- III.2. Sobre la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- cuando existen mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser activados previamente por el o los interesados o afectados
- empero, en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados; en estos casos por tanto, la acción de libertad operará solamente en caso de no haberse restituido los derechos afectados a pesar de haberse agotado estas vías específicas
- III.3.
- CONFIRMAR