SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0539/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0539/2016-S1

Fecha: 12-May-2016

III.4.  Análisis del caso concreto

De los antecedentes descritos en las conclusiones de esta Sentencia Constitucional Plurinacional, se establece que Blanca Elena Vaca Medina -ahora accionante-, únicamente presentó dos memoriales al Director Departamental del INRA Santa Cruz, las de 9 de octubre de 2014 y 19 de agosto de 2015, interponiendo oposición al proceso de saneamiento y pidiendo se la incluya como copropietaria del predio “El Despegue IV”, por haber sido el mismo adquirido dentro de la relación conyugal de hecho con Herland DuabyaKosky Añez, tal cual se evidencia de las conclusiones II.2 y II.3 de este fallo.

La autoridad demandada, no brindó respuesta escrita a las mismas, tal cual se expresó el mismo en su informe emitido en audiencia de acción de amparo constitucional, mismo que fue constatado en la Conclusión II.5 de este fallo, sino únicamente se hizo una consideración en el “INFORME EN CONCLUSIONES SANEAMIENTO DE OFICIO (SAN-TCO) TITULADO – EN TRAMITE – POSESION” (sic), realizado dentro la demanda de saneamiento iniciado por el Pueblo Indígena Guaraní Takovo, con números de expedientes 26285, 28191, 40906, 46046 y 55565, mismo que no constituye una respuesta

De ello se establece que la autoridad demanda no dio una respuesta oportuna al accionante a sus memoriales de 9 de octubre de 2014 y 19 de agosto de 2015, como manda el art. 24 de la Ley Fundamental, citado en el Fundamento Jurídico III.3 de este fallo constitucional, por lo que vulneró su derecho a la petición, consiguientemente corresponde ratificar la concesión de la tutela concedida por el Tribunal de garantías.