Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0555/2016-S2
Fecha: 27-May-2016
II.2.
II.2. El 21 de septiembre de 2015, al solicitar un préstamo bancario, ofertando como garantía dicho inmueble de su propiedad, en DD.RR. le informaron que día antes se registró el derecho propietario de otra persona, sobre dicho inmueble, como efecto de la venta que hubieren realizado su persona y su esposo en el mes de agosto; que al no ser evidente, el 19 de octubre del año señalado, inició proceso penal contra Julio Méndez Salvatierra, la hoy demandada Margarita Vidal Nishihara e Isabel Rojas Peredo, por los delitos de falsedad material, ideológica y uso de instrumento falsificado, que se encuentra en plena sustanciación (fs. 8 a 9 vta.; 29 a 60).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III
- no limita otras acciones jurisdiccionales o constitucionales, éstas se tramitarán por separado
- Fragmento 16