SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0572/2016-S3
Fecha: 17-May-2016
denegó
La Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 05/2016 de 5 de febrero, cursante de fs. 32 a 35, denegó la tutela solicitada, en base a los siguientes fundamentos: a) El Fiscal de Materia demandado puso en conocimiento del Juez cautelar el inicio de investigaciones dentro del caso aperturado contra el accionante, por lo que este se encuentra bajo control jurisdiccional, además que en virtud del informe del demandado, se tiene la programación de una audiencia ante la autoridad judicial competente, misma que deberá resolver la situación jurídica del accionante; y, b) El antes nombrado, previamente debe efectuar su reclamo al Juez cautelar, quien deberá analizar la legalidad de su aprehensión en la audiencia a llevarse a cabo.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- de manera excepcional, no es posible ingresar al fondo de la acción de libertad
- Fragmento 8
- III.2. Análisis del caso concreto
- III.3. Otras consideraciones
- CONFIRMAR