Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0583/2016-S2
Fecha: 30-May-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia vulneración de sus derechos al trabajo, a la estabilidad laboral y al debido proceso, por cuanto el Alcalde y el Director de Recursos Humanos (RR.HH.) del Gobierno Autónomo Municipal de Tupiza, de manera sorpresiva agradecieron sus servicios retirándolo sin justificación alguna del cargo de Responsable de Talleres del indicado Gobierno Municipal, mediante memorándum 002/2015 de 14 de enero de 2016, sin tomar en cuenta que trabaja más de cinco años en la institución, siendo despedido de sus funciones sin previo proceso disciplinario o interno.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- Fragmento 4
- concedió
- II.2.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Servidor público y su distinción en el marco del Estatuto del Funcionario Público y su Reglamento
- III.1.1. Funcionarios públicos de carrera y provisorios
- III.2 En cuanto al derecho al debido proceso
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 15
- REVOCAR en todo