SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0589/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0589/2016-S1

Fecha: 23-May-2016

circulación en todo el territorio boliviano, que incluye la salida e ingreso del país’.

Por su parte, el art. 23 de la CPE consagra el derecho a la libertad y seguridad personal, es decir, el derecho a la libertad física; previniendo además, las diferentes garantías para la protección de ese derecho; entre otros, que la libertad personal sólo puede ser restringida en los límites señalados por la ley, para asegurar el descubrimiento de la verdad histórica en la actuación de las instancias jurisdiccionales, la prohibición de que las personas sean detenidas, aprehendidas, o privadas de su libertad fuera de los casos y las formas establecidas por ley.

Ahora bien, el art. 18 de la CPEabrg, señalaba: ‘Toda persona que creyere estar indebida o ilegalmente perseguida detenida, procesada o presa podrá ocurrir…’. Asimismo, el art. 125 de la CPE establece: ‘Toda persona que considere que su vida está en peligro, que es ilegalmente perseguida, o que es indebidamente procesada o privada de libertad personal, podrá interponer Acción de Libertad (…..)’.