Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0628/2016-S2
Fecha: 30-May-2016
II.3.
II.3. Cursa informe de la autoridad demandada de 13 de enero de 2016, a través del cual, hizo referencia que se encuentra con sentencia ejecutoriada (fs. 27 a 29); informe del actuario y su solicitud de vacaciones del 7 al 31 de diciembre de 2015, informe del oficial de diligencias (fs. 30 a 32).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- “
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo