AUTO CONSTITUCIONAL 0137/2016-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0137/2016-CA

Fecha: 15-Jun-2016

SUBSANAR

La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud de lo dispuesto por el art. 26.II del Código Procesal Constitucional, dispone que la Presidenta del Tribunal Supremo Electoral, proceda a SUBSANAR la observación realizada, o en su caso sea la Presidenta o el Presidente del Consejo Municipal del Gobierno Autónomo Municipal de Buena Vista, provincia Ichilo del departamento de Santa Cruz, quien presente la solicitud expresa de la consulta sobre la constitucionalidad de pregunta para referendo, conforme a los fundamentos expuestos ut supra.