AUTO CONSTITUCIONAL 0161/2016-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0161/2016-RCA

Fecha: 02-Jun-2016

I.4. Resolución del Tribunal de garantías

El Juez Publico Mixto Civil y Comercial y de Familia Segundo de Challapata del departamento de Oruro, constituido en Juez de garantías, por proveído de 29 de abril de 2016 (fs. 25), dispuso que previamente a su admisión, el accionante debe aclarar la relación de los hechos, puesto que se estaría denunciando una construcción clandestina en terrenos que “cedió una parte a la Alcaldía, lo que significaría que en esa parte no tendría derechos” (sic); asimismo, deberá señalar su correo electrónico así como el domicilio procesal en base al art. 33.1 y 4 del Código Procesal Constitucional (CPCo), determinando el plazo correspondiente y bajo alternativa de tenerse por no presentada.