AUTO CONSTITUCIONAL 0184/2016-RCA
Fecha: 17-Jun-2016
el nombre y domicilio de la persona o autoridad contra quien se dirige la acción y los datos básicos para proceder a su identificación y donde puede ser notificada
la SC 2202/2012 de 8 de noviembre, estableció que: “…jueces y tribunales de garantías en instancia de admisión están obligados a revisar el contenido de la demanda, a efecto de constatar el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad previstos en el art. 33 del CPCo, los mismos que son de observancia obligatoria por la parte accionante, en ese sentido, deberán verificar si la acción contiene el nombre y la generales de ley de quién interpone la acción o de su representante legal con poder suficiente; el nombre y domicilio de la persona o autoridad contra quien se dirige la acción y los datos básicos para proceder a su identificación y donde puede ser notificada…” ( las negrillas son nuestras).
- acción de amparo constitucional
- I
- a)
- por no presentada
- Fragmento 5
- Fragmento 6
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- el nombre y domicilio de la persona o autoridad contra quien se dirige la acción y los datos básicos para proceder a su identificación y donde puede ser notificada
- II.3. Análisis del caso concreto
- II.4.