Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0068/2016
Fecha: 24-Jun-2016
III.
Ante esa solicitud, le corresponde a este Tribunal Constitucional Plurinacional, realizar el test de constitucionalidad, solo en lo referente a las modificaciones efectuadas a los artículos que fueron declarados incompatibles con la Constitución Política del Estado, en correspondencia con lo expresado en dicho Fallo y en consideración al petitorio del consultante.
- I.1. Contenido de la consulta
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- III.
- III.1. Artículos adecuados del proyecto de Carta Orgánica del Gobierno Autónomo Municipal de Roboré, sometidos a nuevo control previo de constitucionalidad
- 10.
- DCP 0099/2015
- DCP 0176/2015
- DCP 0176/2015 de 11 de abril
- Control previo de constitucionalidad
- Por lo expuesto se insta al estatuyente municipal, restituya los numerales 10 y 12 del art. 47 de la Carta Orgánica, debiendo adecuarlos o reformularlos conforme a la DCP 0176/2015
- Artículo 50° SERVIDORES PÚBLICOS Y OTROS EMPLEADOS MUNICIPALES.-
- Fragmento 12
- corresponde declarar la incompatibilidad del art. 50 parágrafo II, máxime si el nivel central del Estado ha desarrollado los conceptos contenidos en este articulado, en la ley correspondiente.
- con capacidades especiales