SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0056/2016
Fecha: 13-Jun-2016
Fragmento 11
De tales extremos, en conclusiones se tiene que, existen: un documento de compra-venta de inmueble suscrito entre Juana García Vda. de Arévalo, en su condición de propietaria y Fernando Arévalo García de comprador, formulario de reconocimiento de firmas de dicho instrumento, folio real 3.10.1.04.0001606 de 11 de marzo de 2014, correspondiente al inmueble ubicado en Lava Lava del Sindicato Agrario Korihuma, parcela 267 y con una superficie de 3.0873 ha., y finalmente, la certificación de ubicación del inmueble objeto de solicitud de anotación preventiva, extendido por Arturo Antonio Zambrana Solis, Director de Planeamiento y Ordenamiento Territorial del Gobierno Autónomo Municipal de Sacaba del departamento de Cochabamba, señala que el predio en cuestión se encuentra dentro del polígono de delimitación urbana, que fue aprobado por las Ordenanzas Municipales es 081/2012 y 027/2013; y homologados mediante la RS 11661, y muestra la fotografía satelital, a través del sistema de proyección: UTM y de referencia WGS 84, zona 19.
- I.1. Hechos que originan el conflicto de competencia jurisdiccional
- a)
- 1)
- I.4. Admisión
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la configuración jurídica del control competencial en el Estado Plurinacional
- i)
- Artículo 12. (COMPETENCIA).
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 11
- COMPETENTE