SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0637/2016-S3
Fecha: 03-Jun-2016
Fragmento 12
Conocido el acto lesivo y a fin de resolver la problemática planteada, inicialmente es necesario conocer los argumentos esbozados en el memorial de impugnación de la citada Resolución de sobreseimiento (Conclusión II.2.), en el cual, las querellantes -ahora terceras interesadas- fundamentaron su reclamo manifestando lo siguiente: i) La conducta de los imputados se configura como un delito, dado que utilizaron documentos falsos para favorecerse; y, ii) Existe prueba que no fue solicitada, y otra que no fue analizada correctamente como el peritaje realizado y documentación del Gobierno Autónomo Municipal de Potosí; por lo que, los criterios adoptados por le Resolución de sobreseimiento merecen ser revocados.