SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0646/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0646/2016-S3

Fecha: 07-Jun-2016

III.3.   Análisis del caso concreto

De la revisión de los antecedentes aparejados a la presente acción de defensa, se tiene que el hoy accionante, como trabajador de la empresa “Constructora DELCO”, se encontraba afiliado a la Caja de Salud CORDES de Tarija, bajo el número de asegurado 79-0916-DRS, junto a su hijo NN (Conclusión II.1.); posteriormente, la relación laboral que tenía con la citada empresa concluyó el 30 de mayo de 2015 a través del memorando GER. GRAL. 006/2015 (Conclusión II.2.); sin embargo, alega que no se le dio de baja en la mencionada Caja de Salud por parte de su ex empleador, de quien se desconoce su nuevo domicilio, por lo que presentó dos memoriales ante dicha Caja solicitando su desafiliación, mismos que no merecieron respuesta.

En ese sentido, se tiene que existen peticiones de desafiliación por parte del ahora accionante, presentadas ante el Administrador Regional de la Caja de Salud CORDES de Tarija -hoy demandado- el 4 y 19 de enero de 2016 (Conclusión II.3.), estableciéndose del informe presentado por dicha entidad, que la misma no dio respuesta escrita, sino que verbalmente informó al nombrado que quien debe tramitar la baja correspondiente es su ex empleador (Punto I.2.2.).