SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0681/2016-s1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0681/2016-s1

Fecha: 15-Jun-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Producto de una denuncia realizada por la Defensoría de la Niñez y Adolescencia del municipio de Sacabamba de la provincia Esteban Arze, contra el accionante, por la presunta comisión del delito de violación el cual fue aprehendido con fines de investigación, el martes 29 de marzo de 2016, a horas 16:00 en su residencia “zona denominado Mojón Loma, Matarani” (sic), refirió que al día siguiente se lo traslado a dependencias de la FELCC de Tarata, donde se encuentra detenido; luego de su declaración informativa por orden de la Fiscal de Materia –ahora demandada–, fue conducido nuevamente a celdas de la precitada institución, vulnerándose de esta manera sus derechos constitucionales; sin embargo, se debió considerar que por mandato del art. 225 del Código de Procedimiento Penal (CPP), el arresto con fines investigativos no puede exceder de las ocho horas y por previsión del art. 226 del mismo cuerpo legal, la aprehensión por parte del Ministerio Público, no puede sobrepasar las veinticuatro horas, debido a que la persona aprehendida debe ser puesta a disposición del juez cautelar en dicho plazo para que resuelva su situación jurídica, lo que no ocurrió en el caso de autos.