SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0687/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0687/2016-S3

Fecha: 14-Jun-2016

concedió

La Sala Civil, Comercial, Familiar, de la Niñez y Adolescencia y Violencia Intrafamiliar Pública y Doméstica Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución de 25 de febrero de 2016, cursante de fs. 279 vta. a 281 vta, concedió la tutela solicitada y dispuso que los demandados y otras personas que estén ocupando ilegalmente los terrenos, sean desocupados en el término de tres días bajo prevención de librarse mandamiento de desapoderamiento con auxilio de la fuerza pública, bajo el siguiente razonamiento: 1) El accionante acreditó su derecho propietario no controvertido, sin que las y los demandados hubieran presentado documento alguno que justifique su propiedad y posesión; 2) La demora en la ejecución del mandamiento de desapoderamiento es atribuible al Comando Departamental de la Policía; y, 3) La SC “0785/2012” (sic) que confirmó la denegatoria de tutela subyace a la Resolución de amparo constitucional inicial confirmada mediante SC “1633/2011-R” (sic); por cuanto, en el marco de los arts. 16 y 17 del CPCo, la ejecución de la decisión fue cumplida el 5 de junio de 2015, materializándose la tutela concedida al ahora accionante, así que los hechos producidos posteriormente ya no están vinculados a la ejecución de ninguna de los otros fallos constitucionales anteriores y constituyen nuevos hechos que motivan la garantía de la propiedad suscitados el 1 de julio de 2015.