SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0687/2016-S3
Fecha: 14-Jun-2016
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El 1 de julio de 2015, derribando la barda perimetral, violentando candados y munidos de combos, piedras, palos, ganzúas, machetes y petardos, los demandados y otras personas no identificadas ingresaron con violencia en su predio compuesto de treinta lotes de terreno los mismos que inmediatamente ejecutaron trabajos y mejoras, edificando casas donde ahora habitan ilegalmente, sin que los referidos acreditaran derecho propietario, posesión legal ni autorización, hechos que denunció ante la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC) de la Villa Primero de Mayo del departamento de Santa Cruz, en cuyo mérito fue emitido un informe de inspección ocular con muestras fotográficas inherentes al avasallamiento que denunció.