Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0702/2016-S3
Fecha: 14-Jun-2016
Fragmento 9
El art. 125 de la Constitución Política del Estado (CPE), establece que la acción de libertad es un medio de defensa oportuno y eficaz, teniendo como objeto proteger los derechos a la libertad -física y de locomoción- y la vida, en los casos en que el afectado considere que está en peligro, se encontrare ilegalmente perseguido, indebidamente procesado o privado de libertad personal.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 9
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. Jurisprudencia reiterada sobre la celeridad en las actuaciones procesales y la acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR