SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0703/2016-S3
Fecha: 14-Jun-2016
busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad, precisamente para la concreción del valor libertad, el principio de celeridad y el respeto a los derechos’
Respecto a esta última (la ahora acción de libertad traslativa o de pronto despacho) el Tribunal Constitucional Plurinacional a través de la SCP 0011/2014 de 3 de enero, se pronunció concluyendo que: “‘ … busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad, precisamente para la concreción del valor libertad, el principio de celeridad y el respeto a los derechos’” (las negrillas y el subrayado son nuestros).
Además, la referida Sentencia Constitucional Plurinacional, enfatizó que: “‘… todo tipo de decisiones judiciales vinculadas al derecho a la libertad personal, tienen que ser: tramitadas, resueltas (SC 0224/2004-R de 16 de febrero) y efectivizadas (SC 0862/2005-R de 27 de julio) con la mayor celeridad’ (SCP 528/2013 de 3 de mayo)”.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- …posible daño neurológico que afecta a su nivel intelectual siendo evidente los problemas de motricidad observados en el brazo izquierdo, que remiten a un posible diagnóstico de retardo mental moderado, existiendo referentes en relación a su discapacidad, de certificaciones de la institución de CO.DE.PE.DIS…
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- declaró la tutela en parte
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- i)
- busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad, precisamente para la concreción del valor libertad, el principio de celeridad y el respeto a los derechos’
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR