Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0703/2016-S3
Fecha: 14-Jun-2016
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El 18 de febrero de 2016, solicitó ante el Juez Tercero de Instrucción en lo Penal del departamento de Oruro -hoy demandado-, su internación a la Clínica “Cristo Rey” de esa ciudad; toda vez que por su situación de discapacidad requiere tratamiento especializado de neurología y estricta medicación, la cual no puede ser atendida permaneciendo en el Recinto Penitenciario de “San Pedro” de Oruro, pues en dicho penal no existe ninguna especialidad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- …posible daño neurológico que afecta a su nivel intelectual siendo evidente los problemas de motricidad observados en el brazo izquierdo, que remiten a un posible diagnóstico de retardo mental moderado, existiendo referentes en relación a su discapacidad, de certificaciones de la institución de CO.DE.PE.DIS…
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- declaró la tutela en parte
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- i)
- busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad, precisamente para la concreción del valor libertad, el principio de celeridad y el respeto a los derechos’
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR