Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0718/2016-S3
Fecha: 17-Jun-2016
PERO DE NINGUNA MANERA NOS PUEDE DEJAR EN INCERTIDUMBRE
Solicitan se declare “procedente” la presente acción, y en consecuencia, se disponga que la Jueza demandada instale la audiencia de cesación a la detención preventiva, o en su defecto, explique cuál el motivo fundamentado para no llevar dicho acto, “...PERO DE NINGUNA MANERA NOS PUEDE DEJAR EN INCERTIDUMBRE…” (sic).