SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0732/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0732/2016-S3

Fecha: 22-Jun-2016

la ley más benigna

           En el caso concreto la entidad accionante a través de su representante, denuncia la vulneración del debido proceso en su vertiente subjetiva de la aplicación de la norma y al principio de seguridad jurídica, provocada por la Sentencia 190/2014, alegando que la misma fue emitida por los ahora demandados dentro del proceso contencioso administrativo, en el cual aplicaron de manera errónea y retroactiva el DS 29456, provocando que se declarara probada la demanda interpuesta por la Sociedad Total Radio Systems Ltda. Bolivia -hoy tercera interesada- dejando sin efecto y valor legal la RA 1344, y en consecuencia las Resoluciones Administrativas Regulatorias 2006/2300 y 2006/1826, disponiendo que la ATT efectúe un nuevo cálculo para el pago de uso de frecuencia por cada estación repetidora o estación fija en operación y por cada equipo terminal en operación desde el inicio de las operaciones de la citada Sociedad. Asimismo, consideró que debía emplearse para el cobro de derecho de uso de frecuencia, la ley más benigna, utilizando en sus fundamentos de manera errónea la aplicación para el cobro de derecho de uso de frecuencia el DS 29456, que modificó el inc. k) del art. 80 del DS 24132, reformado por el      DS 24778, que establece los derechos anuales por uso del espectro electromagnético para el Servicio de Despacho, sin considerar los periodos objeto de cobro, ni el año; así como no habría tomado en cuenta la relación contractual emergente del contrato de concesión que obligaba al administrado a conocer la norma a aplicarse; además de ser un fallo ultra petita, al haberse resuelto más allá de lo solicitado por el demandado, quien esgrimió su demanda contenciosa alegando falta de requisitos esenciales previstos en el art. 8 del DS 27172.