AUTO CONSTITUCIONAL 0160/2016-CA
Fecha: 01-Jul-2016
Directora Ejecutiva de la Autoridad de la Fiscalización y Control Social del Juego (AJ)
En consulta Resolución Administrativa (RA) 29-00003-16 de 22 de junio de 2016, cursante de fs. 279 a 287, pronunciada por la Directora Ejecutiva de la Autoridad de la Fiscalización y Control Social del Juego (AJ), por la que rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta, formulada por Marcelo Gonzalo Paz Quiroga en representación legal de la empresa “MANUTATA Sociedad Anónima (S.A.), demandando la inconstitucionalidad del art. 41.IV en su texto: “‘Se acompañará el depósito bancario o boleta de garantía bancaria que garantice el importe de la sanción impuesta en la Resolución impugnada. En caso de que la Resolución impugnada sea revocada, la garantía será devuelta por la AJ’” (sic); y, VII “‘(…) depósito bancario o boleta de garantía bancaria que garantice el importe de la sanción impuesta en la Resolución Impugnada (…)’” (sic) del Decreto Supremo (DS) 2174 de 5 de noviembre de 2014 -Reglamento del Procedimiento Sancionador de la Autoridad de Fiscalización y Control Social del Juego-, por ser presuntamente contraria a los arts. 14.II; 115; 117.I; 119; 180.II y 410 de la Constitución Política del Estado (CPE); y, 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
- Directora Ejecutiva de la Autoridad de la Fiscalización y Control Social del Juego (AJ)
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- Fragmento 3
- rechazó
- II.1. Norma impugnada y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- II.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 8
- Fragmento 9
- RATIFICAR