AUTO CONSTITUCIONAL 0168/2016-CA
Fecha: 19-Jul-2016
I.1. Síntesis de la solicitud de parte
Por memorial presentado el 6 de junio de 2016, cursante de fs. 37 a 41, el accionante argumentó que dentro del proceso penal iniciado por el Ministerio Público a instancia de su persona y otros contra Beatriz Julia “Cusicanqui Romero”, Carla Marcela y Paola Patricia ambas de apellidos Romero Cusicanqui y otros, por la comisión de los supuestos delitos de robo agravado en grado de tentativa, allanamiento de domicilio o sus dependencias, lesiones graves y leves y asociación delictuosa, las acusadas formularon una solicitud de salida alternativa o procedimiento abreviado en audiencia de 30 de mayo del presente año; asimismo, mencionó que no se opone al mecanismo de descongestionamiento procesal del sistema “…sino a la forma por la que permite la norma demandada de inconstitucional que los delincuentes sin la participación de requerirla por el fiscal y fijar la pena…” (sic); por ello, pidió la aplicación del art. 410.II de la CPE.
Ante lo cual, interpuso la acción de inconstitucionalidad concreta contra los arts. 373 del CPP, modificado por el 8 de la Ley de Descongestionamiento y Efectivización del Sistema Procesal Penal y “377” del mismo Código, cuyas normas pretenden aplicarse al caso concreto, contradiciendo de esta manera la Constitución Política del Estado, en su art. 115.II, mencionando que tiene derecho como víctima “…a que sea presentado la solicitud del procedimiento abreviado por el Fiscal de Materia ante el Tribunal de Sentencia…” (sic); por lo que, al depender el proceso penal de las normas impugnadas, el Tribunal de Sentencia Penal Sexto del departamento de La Paz, no puede decretar o disponer ninguna resolución y tampoco conocerlo.
- Tribunal de Sentencia Penal Sexto del departamento de La Paz
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- 1)
- i)
- rechazó
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- II.3. Análisis del caso concreto
- es indispensable que la o el accionante identifique con claridad la disposición impugnada y las razones por las que cree o entiende que dicha norma acusada de inconstitucional es presuntamente contraria a la Ley Fundamental
- RATIFICAR