Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0170/2016-CA
Fecha: 22-Jul-2016
Fragmento 8
En el caso de autos, la empresa accionante a través de su representante solicitó al Director Ejecutivo General a.i. de la AGIT promueva la acción de inconstitucionalidad concreta contra el art. 42 del DS 27310 en la frase: “…determinada a la fecha de vencimiento…”, por ser presuntamente contraria al art. 323 de la CPE.
- Director Ejecutivo General a.i. de la Autoridad General de Impugnación Tributaria (AGIT)
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la acción
- rechazó
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- II.3. En cuanto a la debida fundamentación como requisito de admisión de las demandas de acción de
- también es imprescindible que se exprese y justifique en qué medida la decisión que debe adoptar el Juez o Tribunal depende de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la disposición legal impugnada
- Fragmento 8
- II.4. Análisis del caso concreto
- RATIFICAR