AUTO CONSTITUCIONAL 0171/2016-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0171/2016-CA

Fecha: 22-Jul-2016

Fragmento 4

Por Resolución AGIT-RAIC/0004/2016 de 8 de julio, cursante de fs. 27 a 32, pronunciada por el Director Ejecutivo a.i. de la AGIT, determinó rechazar la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta, bajo los siguientes fundamentos: a) La Empresa accionante se limitó a enunciar la frase “…determinado a la fecha de vencimiento…” contenida en el art. 42 del DS 27310, sin precisar con claridad en qué medida contraviene el precepto constitucional invocado; b) No fundamentó la relevancia que tendrá la norma en la decisión a asumirse en el fondo del recurso jerárquico; por lo que, no se enmarca en el art. 79 del Código Procesal Constitucional (CPCo); y, c) Tampoco demostró de qué manera afecta al principio de proporcionalidad vinculado con el de igualdad; dado que, no explica los motivos de inconstitucionalidad necesarios que puedan generar una duda razonable, incumpliendo con los requisitos para su admisión.