Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0201/2016-RCA
Fecha: 01-Jul-2016
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 01/2016 de 13 de junio, cursante de fs. 839 a 842 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Eleo Alan Yupanqui Villagaray en representación legal de Carola Claudia Mancilla Ballesteros contra Ramiro José Guerrero Peñaranda, Fiscal General del Estado, Roberto Ramírez Torres, Fiscal General del Estado en Suplencia legal; y, Constantino Coca Sejas, Autoridad Sumariante del Ministerio Público de Cochabamba.
- acción de amparo constitucional
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.3. Petitorio
- improcedencia “in límine”
- I.
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- contra los actos ilegales o las omisiones indebidas de las y los servidores públicos o particulares que los restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir
- en el plazo máximo de seis meses, computable a partir de la comisión de la vulneración alegada o de conocido el hecho
- Contra actos consentidos libre y expresamente
- las siguientes subreglas
- se oirán los alegatos de las partes
- improcedencia
- CONFIRMAR